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| ARTÍCULO
54º: El Presidente de la Junta Directiva es el órgano
ejecutivo de la misma, y sus atribuciones son:
a) Representar la Asociación Sindical ante las Autoridades
Universitarias, los poderes públicos, las corporaciones
públicas o privadas y en los actos públicos y
privados, para lo cual podrá designar comisiones al efecto.
b) Convocar y presidir las Asambleas y las sesiones de la Junta
Directiva; dirigir sus trabajos y fijar el orden del día
de las sesiones.
c) Autorizar con su firma:
1. En unión del Vicepresidente, Secretario de Finanzas
o quien determine la Junta Directiva en caso de ausencia, las
erogaciones (cheques, pagarés, letras y todos los efectos)
que acuerden la Asamblea General y la Junta Directiva.
2. En unión del Secretario de Actas y Correspondencias,
las convocatorias y circulares y las Actas, así como
también los documentos a que se contraen en los artículos
423° y 424° de la Ley Orgánica del Trabajo vigente.
3. Conjuntamente con el Secretario de Reivindicaciones y el
Secretario de Finanzas los contratos colectivos y convenios
que celebre la Asociación Sindical, así como las
resoluciones y documentos que considere indispensable.
4. Conjuntamente con el Secretario de Finanzas las credenciales
de los asociados.
d) Convocar las reuniones de Junta Directiva por decisión
propia o por solicitud de la 2/3 partes de dicho organismo.
ÚNICO
Por ausencia o falta temporal del Presidente, en todos los casos
firmará por él el Vicepresidente.
ARTÍCULO 55º.- Son atribuciones de la Vice-Presidencia:
a) Suplir las ausencias del Presidente y asumir las atribuciones
que corresponden al mismo.
b) Firmar en unión del Presidente y Secretario de Finanzas
o quien determine la Junta Directiva en caso de ausencia, las
erogaciones (cheques, pagarés, letras y todos los efectos)
que acuerden la Asamblea General, El Consejo de Delegados y
la Junta Directiva.
c) Organizar y supervisar conjuntamente con las Secretarías
todo lo concerniente a la buena marcha de la Asociación
Sindical.
d) Colaborar en las actividades de la Presidencia y demás
Secretarías de la Junta Directiva.
e) Fomentar el ingreso de nuevos asociados.
f) Velar por la organización de las Asambleas y demás
actos que se efectúen de acuerdo con la Junta Directiva.
g) Mantener contacto con los Secretarios de Organización
de otras Asociaciones de trabajadores universitarios del país,
así como todas las organizaciones gremiales y laborales
que pudieran favorecer los fines de la Asociación Sindical.
h) Los demás que le señale los Estatutos, la Junta
Directiva, Consejo de Delegados o la Asamblea.
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| FINANZAS |
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| ARTÍCULO
56º.- Son atribuciones del Secretario de Finanzas:
a) Prever los medios necesarios para recaudar las cuotas ordinarias
de los asociados, así como cualesquiera otros ingresos
de la Asociación Sindical, y administrar los recaudos
financieros en base a los Estatutos y a las disposiciones de
la Asamblea y la Junta Directiva.
b) Firmar en unión del Presidente y Vicepresidente o
quien determine la Junta Directiva en caso de ausencia, las
erogaciones (cheques, pagarés, letras y todos los efectos)
que acuerden la Asamblea General, el Consejo de Delegados y
la Junta Directiva.
c) Rendir un informe trimestral a la Junta Directiva sobre los
ingresos y egresos de la Asociación Sindical.
c) Fomentar la multiplicación de los recursos financieros
de la Asociación Sindical, a través de acciones
aprobadas por la Junta Directiva.
e) Velar por la contabilidad de la Asociación Sindical
y todo lo relacionado con la administración de los recursos
financieros y los bienes de la Asociación, así
como rendir cuentas anualmente la Asamblea General a través
de la Junta Directiva.
f) Dirigir y controlar los fondos especiales que pudiera crear
la Asamblea General con fines específicos y con carácter
transitorio o permanente según los mismos fines.
g) Las demás atribuciones que le asigne los Estatutos,
la Junta Directiva, el Consejo de Delegados o la Asamblea General.
ÚNICO
La Secretaría de Finanzas no podrá quedar vacante,
debiendo cubrirse la ausencia del titular con su respectivo
suplente. Si ello no fuese posible, la Junta Directiva procederá
a escoger de su seno a un miembro distinto del Presidente para
que desempeñe las funciones del Secretario de Finanzas
junto con la Secretaría para la que originalmente fue
electo.
PRESUPUESTO DE GASTOS
ATAUSIBO 2005
Ingresos
| 1. Aportes afiliados cotizaciones |
116.000.000,00 |
| 2. Aporte USB |
5.400.000,00 |
| 3. Cobro de deudas USB |
24.000.000,00 |
| 4. Actividades financieras |
5.000.000,00 |
| 5. Aporte de ahorros |
14.000.000,00 |
| 6. Otros ingresos (Anexo I) |
5.930.000,00 |
| 7. Aportes del Núcleo |
4.000,000,00 |
| Total |
174.330.000,00 |
PRESUPUESTO DE GASTOS 2005
CUENTAS DEFINIDA
| 1. Cuenta de ahorros |
17.000.000,00 |
| 2. Fondo huelgario |
73.000.000,00 |
| Total |
90.000.000,00 |
GASTOS FIJOS
| 1. Aportes filial Núcleo del Litoral |
15.000.000,00 |
| 2. Aportes a la Federación |
10.000.000,00 |
| 3. Fondo Huelgario |
16.000.000,00 |
| 4. Gastos generales de Administración (Anexo 2) |
38.000.000,00 |
| Total |
79.000,000,00 |
ACTIVIDADES GREMIALES FIJAS
| 1. Día del Trabajador Universitario |
6.000.000,00 |
| 2. Aniversario se ATAUSIBO |
6.000.000,00 |
| 3. Día de la Secretaria |
6.000.000,00 |
| 4. Encuentro de Jubilados |
6.000.000,00 |
| 5. Brindis de fin de año |
7.500.000,00 |
| 6.Fiesta Infantil |
7.500.000,00 |
| 7. Copa Navaidad |
6.000.000,00 |
| Total |
45.000.000,00 |
PRESUPUESTO MÍNIMO JUNTA DIRECTIVA
Y SECRETARÍA
| 1. Asunto Sociales |
3.000.000,00 |
| 2. Jubilados |
2.500.000,00 |
| 3. Propaganda |
3.500.000,00 |
| 4. Deportes |
10.000.000,00 |
| 5. Cultura |
5.000.000,00 |
| 6. Remodelación oficina de Atausibo (pagos por
cancelar |
2.996.000,00 |
| 7. Centro de Formación de ATAUSIBO |
1.000.000,00 |
| 8. Seguridad |
1.000.000,00 |
| 9. Casa del Trabajador |
9.704.000,00 |
| 10. Plan Activate (Jubilados) |
1.630.000,00 |
| 11. Contingencia |
5.000.000,00 |
| 12. Asunto Gremiales |
5.000.000,00 |
| Total |
50.330.000,00 |
RESUMEN
| 1. Gastos Fijos |
79.000.000,00 |
| 2. Gastos Gremiales |
45.000.000,00 |
| 3.Presupuesto mínimo Junta Directiva y por Secretarías |
50.330.000,00 |
| Total |
174.330.000,00 |
ANEXO I
| 1. Casa del trabajador |
3.100.000,00 |
| 2. Interés de Cuentas Bancarias |
1.200.000,00 |
| 3. Aportes de jubilados Plan Actívate |
1.630.000,00 |
| Total |
5.930.000,00 |
ANEXO II
| 1. Papelería y Útiles de Oficina |
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| 2. Floristería |
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| 3. Reaparaciones y Mantenimiento de Equipos |
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| 4. Avisos de Prensa |
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| 5. Honorarios Profesionales |
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| 6. Teléfono |
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| 7. Equipos (Adquisición) |
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| 8. Caja Chica |
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| 9. Diligencias Gremiales |
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| 10. Varios |
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Regresa |
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| REIVINDICACIONES |
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ARTÍCULO 57º.- Son
atribuciones de la Secretaría de Reivindicaciones:
a) Mantener comunicación constante con los asociados
a objeto de conocer sus problemas y aspiraciones gremiales.
b) Presentar a consideración de la Junta Directiva y
de la Asamblea General, los aspectos relacionados con los problemas
y aspiraciones gremiales de los asociados, que requieran toma
de decisiones.
c) Promover de acuerdo con la Junta Directiva, las acciones
que conduzcan a la consecución de las conquistas laborales
acordadas por la Asociación Sindical a través
de sus órganos competentes.
d) Participar en la discusión y consecución de
la Convención Colectiva de Trabajo.
e) Mantener contacto con las Secretarías similares de
las otras Asociaciones afines.
f) Atender y responder las consultas que le sean formuladas
por los asociados, relacionadas con los problemas laborales,
legales y contractuales, por lo cual podrá solicitar
la asesoría necesaria previa autorización de la
Junta Directiva.
g) Informar de sus actividades a la Junta Directiva cuando ésta
lo estime necesario.
h) Las demás atribuciones que le asigne los Estatutos,
la Junta Directiva, el Consejo de Delegados o la Asamblea General.
Regresa |
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| ASUNTOS
SOCIALES |
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ARTÍCULO 61º.- Son
atribuciones de la Secretaría de Asuntos Sociales:
a) Procurar el bienestar social de los trabajadores.
b) Velar por el cumplimiento cabal y el buen funcionamiento
de los servicios médico-asistenciales de los trabajadores.
c) Participar en las comisiones que se crearen a nivel institucional
para la selección y revisión de los contratos
de Seguro de Hospitalización, Cirugía y Maternidad,
de Servicios Ambulatorios, de Vida y cualquier otro que se contratase.
d) Participar o crear comisiones que representen a la Asociación
Sindical en todo lo concerniente a Pre-Escolar, Escuela Básica
y cualquier otra iniciativa educativa para los hijos de los
asociados.
e) Participar o crear comisiones que representen a la Asociación
Sindical en la Comisión de Becas y/o ayudas especiales
para los asociados y sus hijos.
f) Velar por el desarrollo de planes de vivienda para los Asociados.
g) Las demás atribuciones que le asignen los Estatutos,
la Junta Directiva, el Consejo de Delegados o la Asamblea General.
Regresa |
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| PROFESIONALES
Y TECNICOS |
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ARTÏCULO 63º.- Son atribuciones
de la Secretaría de Profesionales y Técnicos:
a) Mantener comunicación permanente con los asociados
con título profesional o técnico a objetivo de
conocer sus problemas y aspiraciones.
b) Proponer las acciones conducentes al logro de soluciones
y las conquistas atinentes al sector.
c) Participar en todas las comisiones paritarias que se crearen
con los representantes de la universidad Simón Bolívar,
para canalizar las reivindicaciones del sector.
d) Participar en la discusión de la Convención
Colectiva de Trabajo.
e) Mantener vinculación con las Secretarías similares
de otras asociaciones o sindicatos afines.
f) Las demás que le asignen los Estatutos, la Junta Directiva.
El Consejo de Delegados y la Asamblea General.
Regresa |
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| CULTURA |
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ARTÍCULO 59º.- Son
atribuciones de la Secretaría de Cultura.
a) Fomentar y organizar todo tipo de actividades que propendan
a elevar el nivel cultural de los Asociados.
b) Organizar la Biblioteca, y cuidar los libros, revistas, periódicos,
etc., de la Asociación Sindical y mantener el control
de los mismos.
c) Coordinar los grupos culturales creados por la Asociación
Sindical tales como coral, teatro, etc.
d) Propiciar y coordinar la realización de cursos, charlas
y foros acordados por la Asociación Sindical.
e) Las demás atribuciones que le asignen los Estatutos,
la Junta Directiva, el Consejo General de Delegados o la Asamblea
General.
La Secretaría de Cultura es un espacio
desde donde se pueden canalizar todas aquellas inquietudes del
quehacer cultural de nuestra Universidad. Conocemos los grandes
potenciales de nuestros trabajadores en expresiones artisticas
los cuales se destacan pintores, musicos, poetas, creadores,
imaginadores y soñadores que podrán utilizar este
espacio para comunicar sus ideas y opiniones y propuestas de
la actividad cultural. Algunas propuestas que nos han llegado
están la creación de un grupo de teatro, la de
un grupo musical, realización de concuros literarios
y tener nuevas exposiciones de pintura y de fotografías.
Desde esta ventana de actividades culturales saludamos a nuestros
trabajadores, y les invitamos a integrarse a todas las actividades
culturales promocionadas por el gremio.
Regresa |
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| DEPORTES |
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| ARTÍCULO 60º.- Son atribuciones
de la Secretaría de Deportes:
a) Organizar, promover y fomentar certámenes deportivos
de todas clases, a objeto de procurar sana diversión
a los Asociados y de estrechar los vínculos de compañerismo
y amistad entre los mismos.
b) Promover la creación de equipos representativos de
la Asociación Sindical en las diversas ramas del deporte,
con los mismos objetivos enunciados en el numeral anterior.
c) Relacionar deportivamente la Asociación Sindical con
otras entidades de idénticos o similares propósitos
gremiales nacionales o internacionales, procurando la realización
de torneos entre uno y otro, que sirvan de intercambio amistoso
y de medio de proyección socio-cultural para la Asociación
Sindical.
d) Velar por el cumplimiento de lo establecido sobre el particular
en el Convenio Colectiva de Trabajo vigente.
e) Las demás atribuciones que le asignen los Estatutos,
la Junta Directiva, el Consejo General de Delegados o la Asamblea
General.
.jpg)
Culminación de Juego de Baloncesto con motivo
del 33º Aniversario de Atausibo

Actividades Deportivas y Recreacionales (Núcleo
del Litoral)
Regresa |
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| JUBILADOS
Y PENSIONADOS |
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| ARTÍCULO
64º.- Son atribuciones de la Secretaría de Jubilados
y Pensionados.
a) Mantener comunicación permanente con los trabajadores
jubilados y pensionados de la Universidad Simón Bolívar
para conocer sus problemas y aspiraciones.
b) Proponer iniciativas y acciones conducentes al logro del
bienestar de los trabajadores jubilados y pensionados.
c) Mantener vinculación permanente con los Secretarías
equivalentes de otras Asociaciones o Sindicatos.
d) Las demás que le asignen los presentes Estatutos.
La Junta Directiva, el Consejo de Delegados y la Asamblea General.
El
personal Jubilado y Pensionado, que en nuestra Institución
sobrepasa el número de 500 personas, es propósito
de la Secretaría una mayor integración de los
mismos para mantener su participación con plenos Derechos
en la Asociación y garantizar la preservación
de los beneficios laborales. El personal jubilado puede jugar
un papel extraordinario en el desarrollo de las actividades
del greEl personal Jubilado y Pensionado, que en nuestra Institución
sobrepasa el número de 500 personas, es propósito
de la Secretaría una mayor integración de los
mismos para mantener su participación con plenos Derechos
en la Asociación y garantizar la preservación
de los beneficios laborales. El personal jubilado puede jugar
un papel extraordinario en el desarrollo de las actividades
del gremio y en el trabajo social que debe desempeñar
la Universidad; tareas que desde la Secretaría y la Comisión
de Jubilados pueden diseñar buenos planes de actividades.
La atención de Atausibo debe realizarse con mayor amplitud,
abarcando aspectos que sobrepasen lo estrictamente laboral.
mio y en el trabajo social que debe desempeñar la Universidad;
tareas que desde la Secretaría y la Comisión de
Jubilados pueden diseñar buenos planes de actividades.
Principios
Los compañeros jubilados y pensionados conforman una
valiosa fuente de conocimientos y habilidades, de experiencias
laborales, profesionales y existenciales que muy bien pueden
integrarse o incorporarse en actividades, tareas, eventos o
equipos de trabajo programados por ésta ú otra
Secretaría, a entes internos o externos a la Universidad,
donde serán magníficos facilitadores de procesos
en la función que escojan desempeñar.
Objetivos
1.
Cumplir con las atribuciones inherentes de la Secretaría.
2. Continuar con los planes y o actividades normales y especiales
que estén en ejecución o programados por la Secretaría.
3. Fortalecer aún más el vínculo del personal
jubilado y pensionado con la Universidad y su gremio ATAUSIBO.
4. Desarrollar un programa de adaptación dirigido a los
trabajadores próximos a su jubilación.
5. Crear una completa y sólida base de datos que nos
permita mantener una data individual de cada uno de los jubilados
y pensionados mediante la incorporación de información
sobre:
· Actividades que está realizando o desea realizar.
· Estado de Salud.
· Ubicación de domicilio y otros.
6. Mantener comunicación e información permanente
con el personal jubilado y pensionado y con la comunidad universitaria
en general sobre las actividades de la Secretaría.
7. Establecer vínculos con todas las Secretarías
de la Asociación y otros entes de la USB para obtener
asesoramiento y apoyo en materia recreacional, cultural, salud,
formación y adiestramiento, relaciones con la comunidad,
etc.
8. Establecer vínculos con las Organizaciones Nacionales
e Internacionales de jubilados.
9. Contribuir desde nuestro sector con la aprobación
de un Sistema de Seguridad Social que beneficie satisfactoriamente
la calidad de vida de todos los trabajadores venezolanos.
De la formulación de estos propósitos se derivan
estos proyectos, planes y programas cuyas acciones y actividades
se convertirán en elementos del funcionamiento cotidiano
y de la atención integral dirigida hacia nuestros compañeros
jubilados y pensionados. De igual manera la Secretaría
estará abierta a incorporar actividades que surjan de
la creatividad o ideas de los compañeros jubilados y
pensionados.
Estado
de cuenta Prestaciones Sociales: DRH
Descripción del contenido:
Fecha Aniversario utilizada para el calculo de Prestaciones
Sociales Sociales
Años de servicio a la Fecha (1). Incluye los años
de servicio en la Administración Pública reconocidos
por la Institución.
Salario considerado a la Fecha (1) para el cálculo de
las Prestaciones Sociales.
Prestaciones Sociales cancelados para la Fecha (1).
Anticipos o pagos de Prestaciones cancelados en el Periodo (6).
Período considerado para el cálculo de los Intereses
Anuales (7).
Intereses Anuales sobre las Prestaciones Sociales (4) para el
Período (6). Es un acumulado de los intereses mensuales
calculados según la tasa pasiva del B.C.V. para cada
mes (Ver notas).
Anticipos de intereses cancelados en el Período (6).
Intereses Acumulados al final del Período (6) que son
capitalizados para el año siguiente.
Observaciones: se describe la información en los casos
con antecedentes de Servicio en la Administración Pública
procesados por la DRH.
Notas:
El
pago de Intereses sobre Prestaciones Sociales es reconocido
legalmente a partir del año 1975.
Se consideran los años de servicio trabajados en la Administración
Pública, siempre y cuando se hayan consignado los Antecedentes
de Servicio que indiquen explícitamente:
Tipo de dedicación durante el tiempo de servicio.
Si cobró o no Prestaciones. En caso afirmativo, monto
cancelado por este concepto.
Se agradece consignar sus observaciones por escrito, conjuntamente
con una copia de este documento, en el Departamento de Información
y Documentación, de Lunes a Viernes en horario comprendido
entre las 2:30 p.m. y 3:30 p.m.

Jubilados en Talleres como actividades
gremiales

Jubilados en Asamblea
Jubilados y familiares en actividades
recreacionales en el Cerro El Avila

Jubilados en actividades deportivas
en Juego de Softbol en El Sombrero
Regresa
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| PROPAGANDA |
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ARTÍCULO 58º.- Son
atribuciones de la Secretaría de Propaganda:
a) De acuerdo con la Junta Directiva, proyectar y difundir la
imagen de la Asociación Sindical.
b) Fomentar y mantener publicaciones periódicas que informen
suficientemente sobre las actividades de la Asociación
Sindical y distribuir tales publicaciones, así como cualquiera
otras de interés general para los asociados.
c) Mantener actualizadas las carteleras de la Asociación
Sindical.
d) Llevar a cabo, con aprobación de la Junta Directiva,
Consejo General de Delegados o Asamblea General, la propaganda
necesaria en cada caso, a través de los medios más
adecuados de comunicación.
e) Las demás atribuciones que le asignen los Estatutos,
la Junta Directiva, el Consejo General de Delegados o la Asamblea
General.
Regresa |
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| ACTAS
Y CORRESPONDENCIA |
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ARTÏCULO 62º.- Son atribuciones
de la Secretaría de Actas y Correspondencias:
a) Elaborar las actas de las Asambleas y de las reuniones de
la Junta Directiva y pasarlas a los libros respectivos.
b) Leer en cada reunión la correspondencia recibida o
enviada, así como el Acta de reunión anterior
y la agenda u orden del día.
c) Disponer la organización de la Secretaría,
especialmente lo referente a los archivos de la Asociación
Sindical.
d) Elaborar y firmar la correspondencia.
e) Convocar por escrito para las reuniones de la Junta Directiva,
con la inclusión de la agenda correspondiente.
f) Elaborar una Nómina de todos los asociados que contenga
por lo menos los siguientes datos:
1. Apellido, nombre, dirección completa y teléfono.
2. Unidad o dependencia de la U.S.B. donde presta servicios,
y ubicación de la misma.
3. Salario que devenga y denominación del cargo que desempeña.
4. Cargas familiares.
g) Las demás atribuciones que le asignen los Estatutos,
la Junta Directiva, el Consejo de Delegados o la Asamblea General.
Regresa |
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| TRIBUNAL
DISCIPLINARIO |
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CAPÍTULO XI
DEL TRIBUNAL DISCIPLINARIO
ARTICULO 78º.- En el mismo acto de votación establecido
para la designación de la Junta Directiva y bajo las
mismas modalidades procedimentales se elegirá el Tribunal
Disciplinario de la Asociación Sindical.
ARTICULO 79.- El Tribunal Disciplinario estará integrado
por tres (3) miembros principales y sus respectivos suplentes,
discriminados de la siguiente manera: Un Presidente y su suplente,
Un Secretario y su suplente y un Vocal Principal y su suplente.
Tomarán posesión de sus cargos y durarán
en sus funciones el mismo lapso establecido para la Junta Directiva.
ARTICULO 80º.- Son atribuciones del Tribunal Disciplinario:
Conocer y decidir sobre las infracciones de los presentes Estatutos
y de los acuerdos y resoluciones de la Asamblea General, del
Consejo General de Delegados, de la Junta Directiva o del propio
Tribunal Disciplinario.
ARTICULO 81º.- Cualquier miembro del Tribunal Disciplinario
deberá inhibirse cuando conozca de un asunto en el cual
está interesado o comprendido un pariente hasta el cuarto
grado de consanguinidad o segundo de afinidad. En tal caso deberá
convocarse al suplente en el mismo orden en que hubiera sido
electo.
ARTICULO 82º.- El miembro del Tribunal Disciplinario contra
quien se formalice algún procedimiento disciplinario
por cualquier causa, deberá inhibirse en tal caso, convocándose
al efecto al suplente, de acuerdo con lo expuesto en el artículo
anterior.
ARTICULO 83º.- El Tribunal Disciplinario tendrá
su domicilio y sede en los mismos lugares y sitios de la Asociación
Sindical.
Regresa |
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| DELEGADOS
A LA FEDERACIÓN |
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DE LOS DELEGADOS A LA FEDERACIÓN
ARTICULO 93º.- Serán delegados al Consejo General
de la Federación el Presidente de ATAUSIBO o quien le
supla, y el delegado nacional electo en el mismo proceso de
elección de la Junta Directiva. Dicha elección
tendrá carácter nominal y determinará un
delegado principal y un suplente.
Regresa |
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| DELEGADOS
A LA CONVENCIÓN |
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| CAPÍTULO
XIII
DE LOS DELEGADOS A LA CONVENCIÓN DE LA FEDERACIÓN
ARTICULO 94º.- Serán delegados a la Convención
Nacional de la Federación el Presidente de ATAUSIBO o
quien le supla, el Delegado al Consejo General de Federación
o quien le supla y los delegados electos en el mismo proceso
de elección de la Junta Directiva, de acuerdo al Reglamento
Electoral de la Federación.
Principal: Carlos López
Suplente: Oswaldo Vera
Regresa |
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| FILIAL
NÚCLEO DEL LITORAL |
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INFORMACIÓN EN PROCESO

Casa Rectoral del Núcleo del Litoral

Compañeros del Núcleo del Litoral
Regresa |
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