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Delegados a la Convención
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ARTÍCULO 54º: El Presidente de la Junta Directiva es el órgano ejecutivo de la misma, y sus atribuciones son:
a) Representar la Asociación Sindical ante las Autoridades Universitarias, los poderes públicos, las corporaciones públicas o privadas y en los actos públicos y privados, para lo cual podrá designar comisiones al efecto.
b) Convocar y presidir las Asambleas y las sesiones de la Junta Directiva; dirigir sus trabajos y fijar el orden del día de las sesiones.
c) Autorizar con su firma:
1. En unión del Vicepresidente, Secretario de Finanzas o quien determine la Junta Directiva en caso de ausencia, las erogaciones (cheques, pagarés, letras y todos los efectos) que acuerden la Asamblea General y la Junta Directiva.
2. En unión del Secretario de Actas y Correspondencias, las convocatorias y circulares y las Actas, así como también los documentos a que se contraen en los artículos 423° y 424° de la Ley Orgánica del Trabajo vigente.
3. Conjuntamente con el Secretario de Reivindicaciones y el Secretario de Finanzas los contratos colectivos y convenios que celebre la Asociación Sindical, así como las resoluciones y documentos que considere indispensable.
4. Conjuntamente con el Secretario de Finanzas las credenciales de los asociados.
d) Convocar las reuniones de Junta Directiva por decisión propia o por solicitud de la 2/3 partes de dicho organismo.
ÚNICO
Por ausencia o falta temporal del Presidente, en todos los casos firmará por él el Vicepresidente.
ARTÍCULO 55º.- Son atribuciones de la Vice-Presidencia:
a) Suplir las ausencias del Presidente y asumir las atribuciones que corresponden al mismo.
b) Firmar en unión del Presidente y Secretario de Finanzas o quien determine la Junta Directiva en caso de ausencia, las erogaciones (cheques, pagarés, letras y todos los efectos) que acuerden la Asamblea General, El Consejo de Delegados y la Junta Directiva.
c) Organizar y supervisar conjuntamente con las Secretarías todo lo concerniente a la buena marcha de la Asociación Sindical.
d) Colaborar en las actividades de la Presidencia y demás Secretarías de la Junta Directiva.
e) Fomentar el ingreso de nuevos asociados.
f) Velar por la organización de las Asambleas y demás actos que se efectúen de acuerdo con la Junta Directiva.
g) Mantener contacto con los Secretarios de Organización de otras Asociaciones de trabajadores universitarios del país, así como todas las organizaciones gremiales y laborales que pudieran favorecer los fines de la Asociación Sindical.
h) Los demás que le señale los Estatutos, la Junta Directiva, Consejo de Delegados o la Asamblea.

 
     
     
     
FINANZAS    

ARTÍCULO 56º.- Son atribuciones del Secretario de Finanzas:
a) Prever los medios necesarios para recaudar las cuotas ordinarias de los asociados, así como cualesquiera otros ingresos de la Asociación Sindical, y administrar los recaudos financieros en base a los Estatutos y a las disposiciones de la Asamblea y la Junta Directiva.
b) Firmar en unión del Presidente y Vicepresidente o quien determine la Junta Directiva en caso de ausencia, las erogaciones (cheques, pagarés, letras y todos los efectos) que acuerden la Asamblea General, el Consejo de Delegados y la Junta Directiva.
c) Rendir un informe trimestral a la Junta Directiva sobre los ingresos y egresos de la Asociación Sindical.
c) Fomentar la multiplicación de los recursos financieros de la Asociación Sindical, a través de acciones aprobadas por la Junta Directiva.
e) Velar por la contabilidad de la Asociación Sindical y todo lo relacionado con la administración de los recursos financieros y los bienes de la Asociación, así como rendir cuentas anualmente la Asamblea General a través de la Junta Directiva.
f) Dirigir y controlar los fondos especiales que pudiera crear la Asamblea General con fines específicos y con carácter transitorio o permanente según los mismos fines.
g) Las demás atribuciones que le asigne los Estatutos, la Junta Directiva, el Consejo de Delegados o la Asamblea General.
ÚNICO
La Secretaría de Finanzas no podrá quedar vacante, debiendo cubrirse la ausencia del titular con su respectivo suplente. Si ello no fuese posible, la Junta Directiva procederá a escoger de su seno a un miembro distinto del Presidente para que desempeñe las funciones del Secretario de Finanzas junto con la Secretaría para la que originalmente fue electo.

PRESUPUESTO DE GASTOS

ATAUSIBO 2005

Ingresos

1. Aportes afiliados cotizaciones
116.000.000,00
2. Aporte USB
5.400.000,00 
3. Cobro de deudas USB
24.000.000,00
4. Actividades financieras
5.000.000,00
5. Aporte de ahorros
14.000.000,00
6. Otros ingresos (Anexo I)
5.930.000,00
7. Aportes del Núcleo
4.000,000,00
Total
174.330.000,00

PRESUPUESTO DE GASTOS 2005

CUENTAS DEFINIDA

1. Cuenta de ahorros
17.000.000,00
2. Fondo huelgario
73.000.000,00
Total
90.000.000,00

GASTOS FIJOS

1. Aportes filial Núcleo del Litoral
15.000.000,00
2. Aportes a la Federación
10.000.000,00
3. Fondo Huelgario
16.000.000,00
4. Gastos generales de Administración (Anexo 2)
38.000.000,00
Total
79.000,000,00

ACTIVIDADES GREMIALES FIJAS

1. Día del Trabajador Universitario
6.000.000,00
2. Aniversario se ATAUSIBO
6.000.000,00
3. Día de la Secretaria
6.000.000,00
4. Encuentro de Jubilados
6.000.000,00
5. Brindis de fin de año
7.500.000,00
6.Fiesta Infantil
7.500.000,00
7. Copa Navaidad
6.000.000,00
Total
45.000.000,00

PRESUPUESTO MÍNIMO JUNTA DIRECTIVA Y SECRETARÍA

1. Asunto Sociales
3.000.000,00
2. Jubilados
2.500.000,00
3. Propaganda
3.500.000,00
4. Deportes
10.000.000,00
5. Cultura
5.000.000,00
6. Remodelación oficina de Atausibo (pagos por cancelar
2.996.000,00
7. Centro de Formación de ATAUSIBO
1.000.000,00
8. Seguridad
1.000.000,00
9. Casa del Trabajador
9.704.000,00
10. Plan Activate (Jubilados)
1.630.000,00
11. Contingencia
5.000.000,00
12. Asunto Gremiales
5.000.000,00
Total
50.330.000,00

RESUMEN

1. Gastos Fijos
79.000.000,00
2. Gastos Gremiales
45.000.000,00
3.Presupuesto mínimo Junta Directiva y por Secretarías
50.330.000,00
Total
174.330.000,00

ANEXO I

1. Casa del trabajador
3.100.000,00
2. Interés de Cuentas Bancarias
1.200.000,00
3. Aportes de jubilados Plan Actívate
1.630.000,00
Total
5.930.000,00

ANEXO II

1. Papelería y Útiles de Oficina  
2. Floristería  
3. Reaparaciones y Mantenimiento de Equipos  
4. Avisos de Prensa  
5. Honorarios Profesionales  
6. Teléfono  
7. Equipos (Adquisición)  
8. Caja Chica  
9. Diligencias Gremiales  
10. Varios  

Regresa

 
     
REIVINDICACIONES    

ARTÍCULO 57º.- Son atribuciones de la Secretaría de Reivindicaciones:
a) Mantener comunicación constante con los asociados a objeto de conocer sus problemas y aspiraciones gremiales.
b) Presentar a consideración de la Junta Directiva y de la Asamblea General, los aspectos relacionados con los problemas y aspiraciones gremiales de los asociados, que requieran toma de decisiones.
c) Promover de acuerdo con la Junta Directiva, las acciones que conduzcan a la consecución de las conquistas laborales acordadas por la Asociación Sindical a través de sus órganos competentes.
d) Participar en la discusión y consecución de la Convención Colectiva de Trabajo.
e) Mantener contacto con las Secretarías similares de las otras Asociaciones afines.
f) Atender y responder las consultas que le sean formuladas por los asociados, relacionadas con los problemas laborales, legales y contractuales, por lo cual podrá solicitar la asesoría necesaria previa autorización de la Junta Directiva.
g) Informar de sus actividades a la Junta Directiva cuando ésta lo estime necesario.
h) Las demás atribuciones que le asigne los Estatutos, la Junta Directiva, el Consejo de Delegados o la Asamblea General.

Regresa

 
     
ASUNTOS SOCIALES    

ARTÍCULO 61º.- Son atribuciones de la Secretaría de Asuntos Sociales:
a) Procurar el bienestar social de los trabajadores.
b) Velar por el cumplimiento cabal y el buen funcionamiento de los servicios médico-asistenciales de los trabajadores.
c) Participar en las comisiones que se crearen a nivel institucional para la selección y revisión de los contratos de Seguro de Hospitalización, Cirugía y Maternidad, de Servicios Ambulatorios, de Vida y cualquier otro que se contratase.
d) Participar o crear comisiones que representen a la Asociación Sindical en todo lo concerniente a Pre-Escolar, Escuela Básica y cualquier otra iniciativa educativa para los hijos de los asociados.
e) Participar o crear comisiones que representen a la Asociación Sindical en la Comisión de Becas y/o ayudas especiales para los asociados y sus hijos.
f) Velar por el desarrollo de planes de vivienda para los Asociados.
g) Las demás atribuciones que le asignen los Estatutos, la Junta Directiva, el Consejo de Delegados o la Asamblea General.

Regresa

 
     
PROFESIONALES Y TECNICOS    

ARTÏCULO 63º.- Son atribuciones de la Secretaría de Profesionales y Técnicos:
a) Mantener comunicación permanente con los asociados con título profesional o técnico a objetivo de conocer sus problemas y aspiraciones.
b) Proponer las acciones conducentes al logro de soluciones y las conquistas atinentes al sector.
c) Participar en todas las comisiones paritarias que se crearen con los representantes de la universidad Simón Bolívar, para canalizar las reivindicaciones del sector.
d) Participar en la discusión de la Convención Colectiva de Trabajo.
e) Mantener vinculación con las Secretarías similares de otras asociaciones o sindicatos afines.
f) Las demás que le asignen los Estatutos, la Junta Directiva. El Consejo de Delegados y la Asamblea General.

Regresa

 
     
CULTURA    

ARTÍCULO 59º.- Son atribuciones de la Secretaría de Cultura.
a) Fomentar y organizar todo tipo de actividades que propendan a elevar el nivel cultural de los Asociados.
b) Organizar la Biblioteca, y cuidar los libros, revistas, periódicos, etc., de la Asociación Sindical y mantener el control de los mismos.
c) Coordinar los grupos culturales creados por la Asociación Sindical tales como coral, teatro, etc.
d) Propiciar y coordinar la realización de cursos, charlas y foros acordados por la Asociación Sindical.
e) Las demás atribuciones que le asignen los Estatutos, la Junta Directiva, el Consejo General de Delegados o la Asamblea General.

La Secretaría de Cultura es un espacio desde donde se pueden canalizar todas aquellas inquietudes del quehacer cultural de nuestra Universidad. Conocemos los grandes potenciales de nuestros trabajadores en expresiones artisticas los cuales se destacan pintores, musicos, poetas, creadores, imaginadores y soñadores que podrán utilizar este espacio para comunicar sus ideas y opiniones y propuestas de la actividad cultural. Algunas propuestas que nos han llegado están la creación de un grupo de teatro, la de un grupo musical, realización de concuros literarios y tener nuevas exposiciones de pintura y de fotografías. Desde esta ventana de actividades culturales saludamos a nuestros trabajadores, y les invitamos a integrarse a todas las actividades culturales promocionadas por el gremio.

Regresa

 
     
DEPORTES    

ARTÍCULO 60º.- Son atribuciones de la Secretaría de Deportes:
a) Organizar, promover y fomentar certámenes deportivos de todas clases, a objeto de procurar sana diversión a los Asociados y de estrechar los vínculos de compañerismo y amistad entre los mismos.
b) Promover la creación de equipos representativos de la Asociación Sindical en las diversas ramas del deporte, con los mismos objetivos enunciados en el numeral anterior.
c) Relacionar deportivamente la Asociación Sindical con otras entidades de idénticos o similares propósitos gremiales nacionales o internacionales, procurando la realización de torneos entre uno y otro, que sirvan de intercambio amistoso y de medio de proyección socio-cultural para la Asociación Sindical.
d) Velar por el cumplimiento de lo establecido sobre el particular en el Convenio Colectiva de Trabajo vigente.
e) Las demás atribuciones que le asignen los Estatutos, la Junta Directiva, el Consejo General de Delegados o la Asamblea General.

Culminación de Juego de Baloncesto con motivo del 33º Aniversario de Atausibo

Actividades Deportivas y Recreacionales (Núcleo del Litoral)

Regresa

 
     
JUBILADOS Y PENSIONADOS    

ARTÍCULO 64º.- Son atribuciones de la Secretaría de Jubilados y Pensionados.
a) Mantener comunicación permanente con los trabajadores jubilados y pensionados de la Universidad Simón Bolívar para conocer sus problemas y aspiraciones.
b) Proponer iniciativas y acciones conducentes al logro del bienestar de los trabajadores jubilados y pensionados.
c) Mantener vinculación permanente con los Secretarías equivalentes de otras Asociaciones o Sindicatos.
d) Las demás que le asignen los presentes Estatutos. La Junta Directiva, el Consejo de Delegados y la Asamblea General.

El personal Jubilado y Pensionado, que en nuestra Institución sobrepasa el número de 500 personas, es propósito de la Secretaría una mayor integración de los mismos para mantener su participación con plenos Derechos en la Asociación y garantizar la preservación de los beneficios laborales. El personal jubilado puede jugar un papel extraordinario en el desarrollo de las actividades del greEl personal Jubilado y Pensionado, que en nuestra Institución sobrepasa el número de 500 personas, es propósito de la Secretaría una mayor integración de los mismos para mantener su participación con plenos Derechos en la Asociación y garantizar la preservación de los beneficios laborales. El personal jubilado puede jugar un papel extraordinario en el desarrollo de las actividades del gremio y en el trabajo social que debe desempeñar la Universidad; tareas que desde la Secretaría y la Comisión de Jubilados pueden diseñar buenos planes de actividades. La atención de Atausibo debe realizarse con mayor amplitud, abarcando aspectos que sobrepasen lo estrictamente laboral. mio y en el trabajo social que debe desempeñar la Universidad; tareas que desde la Secretaría y la Comisión de Jubilados pueden diseñar buenos planes de actividades.

Principios

Los compañeros jubilados y pensionados conforman una valiosa fuente de conocimientos y habilidades, de experiencias laborales, profesionales y existenciales que muy bien pueden integrarse o incorporarse en actividades, tareas, eventos o equipos de trabajo programados por ésta ú otra Secretaría, a entes internos o externos a la Universidad, donde serán magníficos facilitadores de procesos en la función que escojan desempeñar.

Objetivos

1. Cumplir con las atribuciones inherentes de la Secretaría.
2. Continuar con los planes y o actividades normales y especiales que estén en ejecución o programados por la Secretaría.
3. Fortalecer aún más el vínculo del personal jubilado y pensionado con la Universidad y su gremio ATAUSIBO.
4. Desarrollar un programa de adaptación dirigido a los trabajadores próximos a su jubilación.
5. Crear una completa y sólida base de datos que nos permita mantener una data individual de cada uno de los jubilados y pensionados mediante la incorporación de información sobre:
· Actividades que está realizando o desea realizar.
· Estado de Salud.
· Ubicación de domicilio y otros.
6. Mantener comunicación e información permanente con el personal jubilado y pensionado y con la comunidad universitaria en general sobre las actividades de la Secretaría.
7. Establecer vínculos con todas las Secretarías de la Asociación y otros entes de la USB para obtener asesoramiento y apoyo en materia recreacional, cultural, salud, formación y adiestramiento, relaciones con la comunidad, etc.
8. Establecer vínculos con las Organizaciones Nacionales e Internacionales de jubilados.
9. Contribuir desde nuestro sector con la aprobación de un Sistema de Seguridad Social que beneficie satisfactoriamente la calidad de vida de todos los trabajadores venezolanos.
De la formulación de estos propósitos se derivan estos proyectos, planes y programas cuyas acciones y actividades se convertirán en elementos del funcionamiento cotidiano y de la atención integral dirigida hacia nuestros compañeros jubilados y pensionados. De igual manera la Secretaría estará abierta a incorporar actividades que surjan de la creatividad o ideas de los compañeros jubilados y pensionados.

Estado de cuenta Prestaciones Sociales: DRH

Descripción del contenido:
Fecha Aniversario utilizada para el calculo de Prestaciones Sociales Sociales
Años de servicio a la Fecha (1). Incluye los años de servicio en la Administración Pública reconocidos por la Institución.
Salario considerado a la Fecha (1) para el cálculo de las Prestaciones Sociales.
Prestaciones Sociales cancelados para la Fecha (1).
Anticipos o pagos de Prestaciones cancelados en el Periodo (6).
Período considerado para el cálculo de los Intereses Anuales (7).
Intereses Anuales sobre las Prestaciones Sociales (4) para el Período (6). Es un acumulado de los intereses mensuales calculados según la tasa pasiva del B.C.V. para cada mes (Ver notas).
Anticipos de intereses cancelados en el Período (6).
Intereses Acumulados al final del Período (6) que son capitalizados para el año siguiente.
Observaciones: se describe la información en los casos con antecedentes de Servicio en la Administración Pública procesados por la DRH.

Notas:

El pago de Intereses sobre Prestaciones Sociales es reconocido legalmente a partir del año 1975.
Se consideran los años de servicio trabajados en la Administración Pública, siempre y cuando se hayan consignado los Antecedentes de Servicio que indiquen explícitamente:
Tipo de dedicación durante el tiempo de servicio.
Si cobró o no Prestaciones. En caso afirmativo, monto cancelado por este concepto.
Se agradece consignar sus observaciones por escrito, conjuntamente con una copia de este documento, en el Departamento de Información y Documentación, de Lunes a Viernes en horario comprendido entre las 2:30 p.m. y 3:30 p.m.

Jubilados en Talleres como actividades gremiales

Jubilados en Asamblea

Jubilados y familiares en actividades recreacionales en el Cerro El Avila

Jubilados en actividades deportivas en Juego de Softbol en El Sombrero

Regresa

 
     
PROPAGANDA    

ARTÍCULO 58º.- Son atribuciones de la Secretaría de Propaganda:
a) De acuerdo con la Junta Directiva, proyectar y difundir la imagen de la Asociación Sindical.
b) Fomentar y mantener publicaciones periódicas que informen suficientemente sobre las actividades de la Asociación Sindical y distribuir tales publicaciones, así como cualquiera otras de interés general para los asociados.
c) Mantener actualizadas las carteleras de la Asociación Sindical.
d) Llevar a cabo, con aprobación de la Junta Directiva, Consejo General de Delegados o Asamblea General, la propaganda necesaria en cada caso, a través de los medios más adecuados de comunicación.
e) Las demás atribuciones que le asignen los Estatutos, la Junta Directiva, el Consejo General de Delegados o la Asamblea General.

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ACTAS Y CORRESPONDENCIA    

ARTÏCULO 62º.- Son atribuciones de la Secretaría de Actas y Correspondencias:
a) Elaborar las actas de las Asambleas y de las reuniones de la Junta Directiva y pasarlas a los libros respectivos.
b) Leer en cada reunión la correspondencia recibida o enviada, así como el Acta de reunión anterior y la agenda u orden del día.
c) Disponer la organización de la Secretaría, especialmente lo referente a los archivos de la Asociación Sindical.
d) Elaborar y firmar la correspondencia.
e) Convocar por escrito para las reuniones de la Junta Directiva, con la inclusión de la agenda correspondiente.
f) Elaborar una Nómina de todos los asociados que contenga por lo menos los siguientes datos:
1. Apellido, nombre, dirección completa y teléfono.
2. Unidad o dependencia de la U.S.B. donde presta servicios, y ubicación de la misma.
3. Salario que devenga y denominación del cargo que desempeña.
4. Cargas familiares.
g) Las demás atribuciones que le asignen los Estatutos, la Junta Directiva, el Consejo de Delegados o la Asamblea General.

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TRIBUNAL DISCIPLINARIO    

CAPÍTULO XI
DEL TRIBUNAL DISCIPLINARIO
ARTICULO 78º.- En el mismo acto de votación establecido para la designación de la Junta Directiva y bajo las mismas modalidades procedimentales se elegirá el Tribunal Disciplinario de la Asociación Sindical.
ARTICULO 79.- El Tribunal Disciplinario estará integrado por tres (3) miembros principales y sus respectivos suplentes, discriminados de la siguiente manera: Un Presidente y su suplente, Un Secretario y su suplente y un Vocal Principal y su suplente. Tomarán posesión de sus cargos y durarán en sus funciones el mismo lapso establecido para la Junta Directiva.
ARTICULO 80º.- Son atribuciones del Tribunal Disciplinario:
Conocer y decidir sobre las infracciones de los presentes Estatutos y de los acuerdos y resoluciones de la Asamblea General, del Consejo General de Delegados, de la Junta Directiva o del propio Tribunal Disciplinario.
ARTICULO 81º.- Cualquier miembro del Tribunal Disciplinario deberá inhibirse cuando conozca de un asunto en el cual está interesado o comprendido un pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. En tal caso deberá convocarse al suplente en el mismo orden en que hubiera sido electo.
ARTICULO 82º.- El miembro del Tribunal Disciplinario contra quien se formalice algún procedimiento disciplinario por cualquier causa, deberá inhibirse en tal caso, convocándose al efecto al suplente, de acuerdo con lo expuesto en el artículo anterior.
ARTICULO 83º.- El Tribunal Disciplinario tendrá su domicilio y sede en los mismos lugares y sitios de la Asociación Sindical.

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DELEGADOS A LA FEDERACIÓN    

DE LOS DELEGADOS A LA FEDERACIÓN
ARTICULO 93º.- Serán delegados al Consejo General de la Federación el Presidente de ATAUSIBO o quien le supla, y el delegado nacional electo en el mismo proceso de elección de la Junta Directiva. Dicha elección tendrá carácter nominal y determinará un delegado principal y un suplente.

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DELEGADOS A LA CONVENCIÓN    

CAPÍTULO XIII
DE LOS DELEGADOS A LA CONVENCIÓN DE LA FEDERACIÓN
ARTICULO 94º.- Serán delegados a la Convención Nacional de la Federación el Presidente de ATAUSIBO o quien le supla, el Delegado al Consejo General de Federación o quien le supla y los delegados electos en el mismo proceso de elección de la Junta Directiva, de acuerdo al Reglamento Electoral de la Federación.

Principal: Carlos López
Suplente: Oswaldo Vera

Regresa

 
     
FILIAL NÚCLEO DEL LITORAL    

INFORMACIÓN EN PROCESO

Casa Rectoral del Núcleo del Litoral

Compañeros del Núcleo del Litoral

Regresa

 

 

 

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